Tortura, fabricación de delitos y culpables es una práctica común por las autoridades en México. Desafortunadamente las Instituciones de impartición de justicia son omisas de estos hechos que violentan el estado de derecho y derivan hacia el individuo en injusticia e ilegalidad. En este espacio damos a conocer sobre este tipo de casos con el objetivo de que prevalezca el estado de derecho y se termine con el actuar irregular y arbitrario de las autoridades; de lo contrario se perdería la finalidad de nuestras leyes e instituciones en perjuicio de la sociedad en su conjunto.

viernes, 30 de noviembre de 2012

Diputados de la ALDF propondrán eliminar la figura del arraigo

Fuente: Canal Judicial

La figura del arraigo es obsoleta y debe eliminarse del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal.

Afirmó el diputado Jorge Gaviño Ambriz del Partido Nueva Alianza, quien llevará esta iniciativa al Pleno de la Asamblea Capitalina.

“Solamente el 3.2 por ciento de los delitos federales que se persiguen a través de esta figura del arraigo tienen sentencia condenatoria”.

Puntualizó que de aprobarse el proyecto de decreto por el que se deroga el Artículo 270 bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, en los próximos meses "no tendremos que estar lamentándonos por la violación a los derechos humanos que se cometen en los centros de reclusión".

Esto significa que más de seis mil, de las siete mil 800 personas que fueron arraigadas, al final quedaron en libertad.

En conferencia de prensa, organizaciones civiles apoyaron la iniciativa para derogar el arraigo hasta por 60 días que establece el Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal.

Porque, en su opinión, viola la Constitución y diversos tratados internacionales.

“Ocho órganos de Naciones Unidas le ha dicho al Estado Mexicano que debería revisar esta figura y garantizar su eliminación de la Constitución”, Juan Gutiérrez Contreras, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos.

Argumentaron que el Comité Contra la Tortura de la ONU se ha pronunciado por la eliminación de esta figura porque constituye una detención arbitraria que propicia la tortura.

“Es de las violaciones que hemos podido constatar en la ciudad mecanismo de incomunicación, no se les permite ver a sus abogados con la frecuencia y privacidad y con el tiempo necesario”, Mario Patrón Sánchez, 1er Visitador CDHDF.

La propuesta del diputado local será puesta a consideración de la Comisión Legislativa correspondiente en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

 El dirigente de Nueva Alianza en la ciudad se pronunció por dar un golpe de timón en lo que se refiere al Derecho Penal y a las garantías individuales, en particular a las garantías individuales en esta materia, para preservar el espíritu de la presunción de inocencia y no el de la culpabilidad.

jueves, 29 de noviembre de 2012

Caso Garay Cadena

Como dice el dicho “entre Gitanos no se leen las cartas” sin embargo este caso evidencia que si una persona como Víctor Gerardo Garay Cadena, Ex Comisionado de la Policía Federal; que de manera fácil se le  fabrico delitos y fue sometido a un penoso proceso penal, que espera un ciudadano común que no cuenta con los recursos e incluso el conocimiento de las leyes para una adecuada defensa.



De la entrevista sostenida entre Gerardo Garay Cadena y Carlos Loret, se advierten algunos aspectos que no podemos dejar analizar y comentar.

“Justicia pronta y expedida”

Desgraciadamente es una constante en nuestro sistema de impartición de justicia que las personas que atraviesan por un juicio de carácter penal por delito grave, suelen ser procesos sumamente largos y engorrosos, que en la mayoría de los casos hablamos de años, y peor aun cuando las personas procesadas no han renunciado a lo términos señalados en la ley.

“Irregularidades convertidas en licitudes”

De igual manera es muy fácil integrar una averiguación previa y someter a una persona a proceso penal en base a simples dichos (pruebas presuncionales); es decir se ha dado a los Ministerios Públicos un “cheque en blanco” para acusar a cualquier persona; situación que jueces le dan todo el valor probatorio e incluso coadyuvan con la autoridad ministerial contrario a ser imparciales, siendo omisos de las pruebas aportadas por la defensa del inculpado y no menos importante que no consideran en lo más mínimo la penosa constante de violación a garantías individuales, al debido proceso así como de derechos humanos.

“La seguridad esta garantizada”

Este es un caso excepcional en el que una persona interna en prisión diga que la seguridad esta garantizada, toda vez que la realidad para una persona común en el momento de ser encarcelada es la diferencia abismal (Link: Presos de México claman al mundo JUSTICIA)


Antecedentes del Caso (Video)

Caso José Ramón Aniceto Gómez y Pascual Agustín Cruz

28 de noviembre de 2012, en la sesión de hoy, cuatro ministros del máximo tribunal del país consideraron que en el proceso penal en contra de los indígenas José Ramón Aniceto Gómez y Pascual Agustín Cruz, se violó la Constitución al no contar los acusados con un intérprete y traductor que hablara su lengua natal.

El único ministro que votó en contra del proyecto fue Guillermo Ortiz Mayagoitia.

Previamente al fallo emitido por la SCJN, el Centro de Derechos Humanos "Miguel Agustín Pro Juárez", el Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, SJ de la Universidad Iberoamericana Puebla y Amnistía Internacional confiaron en que se decretaría la libertad de Gómez y Cruz.

De acuerdo con un comunicado emitido por las organizaciones no gubernamentales, éstas habían documentado ampliamente la inocencia de los dos indígenas, quienes son recordados por sus familiares y vecinos como los defensores del agua en la comunidad de Atla, municipio de Pahuatlán, estado de Puebla. Ambas personas detenidas desde 2009.

Antecedentes del Caso (Video)

jueves, 1 de noviembre de 2012

Caso: Hotel Palacio

El pasado 13 de enero de 2010, policías y autoridad ministerial de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal  irrumpieron en el inmueble denominado “Hotel Palacio” ubicado en la colonia Algarin de la ciudad de México; en un supuesto “operativo” contra la trata de personas, que tuvo como consecuencia la detención de diversas personas, su arraigo, así como un largo, penoso y tedioso proceso penal que a la fecha continua.

Este es uno de tantos otros casos que en su momento se le dio mucha difusión por parte del Gobierno de Macerlo Ebrard y el entonces Procurador de Justicia, Miguel Ángel Mancera (hoy jefe de gobierno electo) que en su afán por simular que estaban dando resultados, de cara a los tiempos electorales. Diversos medios de comunicación no perdieron la oportunidad de dar la nota sin percatarse que se encontraban ante un caso que en realidad evidenciaba el actuar irregular y abusivo por parte del Gobierno del Distrito Federal.

Este caso presenta diversas violaciones a los derechos humanos, así como a garantías individuales y al debido proceso, entre las que destacan:

■ Se efectúo el ingreso a dicho inmueble por parte de la policía y autoridad ministerial sin que existiera de por medio ORDEN DE CATEO, previamente expedida por la autoridad judicial (Juez). De hecho la propia autoridad judicial se presto a las irregularidades toda vez que la Juez Sexagésimo Primero de lo Penal del Distrito Federal emitió al orden de cateo prácticamente tres días después de haberse realizado el ilegal allanamiento.

■ Se efectuaron detenciones sin que existiera flagrancia, orden de presentación, orden de comparencia o aprehensión debidamente expedida por un juez facultado para ello.

■ Los detenidos estuvieron sujetos a incomunicación e intimidación por parte del personal de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

■ Existieron casos de tortura en las instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal conocidas como “El Bunker”

■ Los detenidos fueron exhibidos ante diversos medios de comunicación (radio, prensa y televisión) como una “Peligrosa Banda de Lenones” sin que para ese momento se les hubiera informado quien y por que se les acusaba, muchos menos sin haber recibido asistencia legal alguna.

■ Los detenidos fueron arraigados en el Centro de Arraigos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, lugar donde fueron sometidos a constante intimidación y sin respeto a las formalidades esenciales del procedimiento.

■ Los detenidos fueron sujetos a proceso penal el 5 de marzo de 2010 y sentenciados el pasado 20 de abril de 2012 con pruebas presunsionales, insuficientes adquiridas de manera contraria a derecho.

Actualmente la causa penal se encuentra sujeta a reposición del procedimiento, de lo cual esperamos que el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal realmente observe la serie de omisiones, irregularidades y serias violaciones a las garantías de las personas involucradas.

Evidentemente el Gobierno del Distrito Federal, en su momento no menciono su actuar irregular e ilegal, y de la misma forma ningún medio de comunicación lo ha dado a conocer.

Recordemos el caso de Carlos Hank Rhon (Tijuana) que de igual manera ingresaron en su propiedad, estuvo detenido y puesto en libertad por irregularidades, de hecho misma situación que en el caso del “Hotel Palacio” (sin orden de cateo). La situación de Hank Rhon se resolvió de manera rápida debido al simple hecho de que no se contaba con ORDEN DE CATEO, que en el caso que nos ocupa tras más de dos años de proceso ninguna autoridad judicial ha podido observar este simple detalle, será acaso por que las personas del “Hotel Palacio” no obtienen una debida impartición de justicia e igual procesal ya que no son políticos, adinerados con conocidos influyentes?

La ley debe aplicarse de manera general y sin distinción alguna, recordemos el reciente caso de Hugo Sánchez Ramírez en que la primera sala de nuestro máximo tribunal resolvió “no existe justificación alguna para que la responsabilidad penal de una persona se encuentre sustentada en pruebas adquiridas de manera contraria a derecho, porque de esa forma se vulneran los derechos fundamentales que tiene todo inculpado”.



Cualquier ciudadano puede estar sujeto a este tipo de arbitrariedades que conllevan a serias repercusiones en lo laboral, familiar y social. Por lo que de no prevalecer el estado de derecho se perdería por completo el objeto y credibilidad en nuestra leyes e instituciones.

Derechos Humanos: legalidad demolida

 Fuente: LaJornada
Miércoles 24 de octubre de 2012

Javier Hernández Valencia, representante de la alta comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, dio cuenta ayer de la situación desastrosa que enfrenta México en esa materia. Dijo que la tortura y las detenciones arbitrarias "siguen siendo el pan de cada día" en el país y son además "un mecanismo de investigación al que no dejan de recurrir los cuerpos policiacos y militares", y puso de ejemplo el caso de Israel Arzate, joven de 26 años detenido y torturado en febrero de 2010 por policías estatales y militares, quienes pretendían que se declarara culpable por la matanza de jóvenes ocurrida en la colonia Villas de Salvárcar, Ciudad Juárez, a principios de ese mismo año.

El caso comentado, junto con las afirmaciones del funcionario de la ONU, constituye un desmentido contundente a un discurso oficial que insiste en afirmar que el propósito principal de la política vigente de combate al crimen organizado es el "fortalecimiento de la legalidad". La realidad es que el saldo de dicha estrategia de seguridad pública –además de los más de 60 mil muertos, de una creciente descomposición institucional y una pérdida de soberanía inaceptable– no ha sido el reforzamiento del estado de derecho y la paz pública, sino el de la ilegalidad y la barbarie, así como la colocación del país en escenarios de guerra sucia parecidos a los que se vivieron durante las administraciones de Luis Echeverría y José López Portillo, caracterizados por la incorporación de las desapariciones forzadas y la tortura como prácticas cada vez más frecuentes de las fuerzas públicas.

Hace más de un lustro, cuando la actual administración inició los espectaculares operativos y desplazamientos de soldados y policías por todo el territorio nacional, con el supuesto propósito de restablecer el estado de derecho en las regiones controladas por la criminalidad, diversas voces de la sociedad organizada, la clase política y la academia señalaron que combatir a la delincuencia mediante la violencia oficial y la militarización de la vida pública no sólo no garantizaba el éxito, sino alentaba peligrosamente la configuración de circunstancias de pesadilla como las que hoy enfrentan el país y su población.

En el momento presente, resulta imperativo recordar que la tarea irrenunciable del Estado de combatir a la delincuencia no excluye de ninguna manera la obligación de velar por las garantías individuales de todos los ciudadanos –independientemente de su situación jurídica– y de vigilar que las acciones de la autoridad se desarrollen en el marco de la ley. En cambio, la relación directa existente entre las acciones oficiales para combatir a la criminalidad y el incremento de las violaciones a la legalidad por parte de las propias autoridades constituye una razón adicional para demandar el viraje y la reformulación radical de la estrategia de seguridad en curso.
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