Tortura, fabricación de delitos y culpables es una práctica común por las autoridades en México. Desafortunadamente las Instituciones de impartición de justicia son omisas de estos hechos que violentan el estado de derecho y derivan hacia el individuo en injusticia e ilegalidad. En este espacio damos a conocer sobre este tipo de casos con el objetivo de que prevalezca el estado de derecho y se termine con el actuar irregular y arbitrario de las autoridades; de lo contrario se perdería la finalidad de nuestras leyes e instituciones en perjuicio de la sociedad en su conjunto.

martes, 23 de octubre de 2012

Caso: Hugo Sánchez Ramírez

El pasado 17 de octubre, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, le concedió un amparo al joven mazahua Hugo Sánchez Ramírez, quien había sido sentenciado por secuestro, al considerar que durante el proceso penal al que estuvo sujeto, fue víctima de diversas violaciones constitucionales.

De acuerdo con el órgano judicial, en el caso de Hugo Sánchez Ramírez, se cometieron violaciones a la legalidad, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la defensa adecuada, lo que determinó que en la resolución del amparo directo 4/2012, atraído por la CorteEstas violaciones, señalaron los ministros del máximo tribunal, se ejemplifican en la obtención ilícita de material probatorio, como las placas fotográficas a partir de las cuales se verificó la identificación del quejoso.

Al conceder el amparo, la Primera Sala estimó que no existe justificación alguna para que la responsabilidad penal de una persona se encuentre sustentada en pruebas insuficientes adquiridas de manera contraria a derecho, porque de esa forma se vulneran los derechos fundamentales que tiene todo inculpado en un procedimiento de ese tipo.

En esas condiciones, los ministros señalaron que la obtención de la prueba ilícita vició todo el procedimiento, porque su presencia objetiva y sus consecuencias condujeron indebidamente a tener por acreditada la plena responsabilidad penal del quejoso en la comisión del delito.

En este caso se determinó que existe insuficiencia de pruebas de cargo, cuando ello debe ser resultado de material probatorio obtenido de manera legal, que tenga la virtud de vencer de manera contundente el principio de presunción de inocencia a que se ha hecho referencia con anterioridad.

Por estas razones, fue que los ministros concedieron el amparo liso y llano, a fin de que fuera puesto en inmediata libertad, siempre y cuando no estuvieran sujetos a otras causas.

"Al conceder el amparo, la Primera Sala estimó que no existe justificación alguna para que la responsabilidad de una persona se encuentre sustentada en pruebas insuficientes adquiridas de manera contraria a derecho (…) en esas condiciones los ministros señalaron que la obtención de la prueba ilícita vició todo el procedimiento, porque su presencia objetiva y sus consecuencias condujeron indebidamente a tener por acreditada la plena responsabilidad penal del quejoso en la comisión del delito de secuestro", refirió.

Sin embargo, el grupo de trabajo sobre detenciones arbitrarias de la ONU emitió una resolución en la que confirmó la manipulación en los procesos contra Hugo Sánchez y por ello exhortó al Estado mexicano a su inmediata liberación.

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